La condición de federado se obtiene mediante la obtención de la licencia por la Federación. La licencia otorga a su titular la condición de miembro de la Federación Balear de Golf y habilita para la participación en actividades o competiciones deportivas oficiales de ámbito local o estatal.
La licencia deportiva de jugador aficionado es obligatoria para practicar el golf en España, según las normas del Consejo Superior de Deportes y la legislación actualmente en vigor.
La licencia refleja tres conceptos económicos:
La validez de la licencia federativa se corresponde con el año natural, es decir de enero a diciembre de cada año. Por ello, cuando un federado causa alta, la validez de su licencia queda establecida desde esa fecha hasta el 31 de Diciembre del mismo año, siendo su precio único y no fraccionable. El importe anual de la licencia cubre la cuota desde enero a diciembre de cada año natural.
Las nuevas licencias cubren desde la fecha en que se produce el alta hasta el 31 de diciembre de ese mismo año. Los precios para el 2024 y las categorías, en función de la edad, se detallan en el siguiente cuadro:
Categoría | Edades | Cuotas |
Profesional | 104,90€ | |
Mayor con hándicap | Mayor de 21 años | 104,90€ |
Mayor sin hándicap | Mayor de 21 años | 92,50€ |
Junior | 17 a 21 años | 47,20€ |
Cadete | 15 - 16 años | 37,30€ |
Infantil | 13 - 14 años | 28,70€ |
Alevín | 11 - 12 años | 28,70€ |
Benjamín | Menor 10 años | 28,70€ |
*** Todos los importes incluyen la cuota territorial (18,80€ mayores y 10,50€ juveniles) la cual no ha sufrido variación |
El jugador que quiera federarse necesitará cumplimentar el impreso requerido para dicho trámite y hacerlo llegar a la Federación Balear de Golf.
Todas las tramitaciones de licencias en el ámbito de la Comunidad de las Islas Baleares deberán tramitarse a través de la Federación Balear de Golf o Club Federado, mediante los siguientes medios:
No se aceptarán solicitudes de licencia sin la firma del solicitante
El alta en la RFEG no se producirá hasta que figure en la base de datos.
Es el número de puntos hándicap que recibe un jugador de acuerdo con la dificultad del recorrido según las barras de salida elegidas en el campo en el que se juegue.
Los hándicaps exactos EGA se dividen en las seis categorías de hándicap que figuran a continuación.
Categoría de Hándicap | Hándicap Exacto EGA | |
---|---|---|
Hándicap de competición | 1 | ≤4,4 |
2 | 4,5 – 11,4 | |
3 | 11,5 – 18, 4 | |
4 | 18,5 – 26,4 |
Hándicap Superior | |
5 | 26,5 – 36 |
6 | 36,1 – 54 |
Nivel de juevo | Edad | Hándicap máximo | |
Benjamín | hasta 10 | 54,0 | |
Alevín | 11 y 12 | 54,0 | |
Infantil | 13 y 14 | 54,0 | |
Cadete | 15 y 16 | 54,0 | |
Junior | hasta 21 | 54,0 | |
Mayor | mayor de 21 | 54 ,0 | |
Senior | Femenino | desde 50 | 54,0 |
Masculino | desde 50 | 54,0 |
La licencia federativa con hándicap solamente podrá ser tramitada por los Clubes o Federaciones Territoriales en los siguientes casos:
Para poder obtener un primer handicap el federado tendrá que haber adquirido la preparación suficiente y habrá de superar las pruebas que tengan establecidas los Comités de Competición de cada Club o la Federación Balear de Golf. Para la tramitación de adjudicación de hándicap, además del Formulario de alta federativa, el Comité de Competición del Club o el profesional, le deberá facilitar el Formulario de Asignación de primer hándicap.
A este fin los federados deberán dirigirse bien a su Club o a la Federación Balear, donde le informarán de los pasos a seguir para conseguir la asignación del hándicap que le corresponda.
Una vez que le haya sido asignado el hándicap, el federado deberá abonar la diferencia de precio que existe entre la licencia sin hándicap que posee y la licencia con hándicap que solicita. Esta diferencia tan solo afecta a las licencias con categoría de MAYOR. El Comité remitirá el importe y comunicará el hándicap asignado a la Real Federación Española de Golf al objeto de que se produzca su efectividad.
El hándicap será efectivo cuando una vez abonada la diferencia (cantidad indicada en el formulario), la Real Federación Española de Golf lo haya anotado en su base de datos.
AUTORIDAD DE HANDICAPS
La “autoridad de hándicaps” para un jugador es el club por
el que está federado. Para aquellos jugadores independientes la Federación Autonómica asumirá la
responsabilidad de autoridad de hándicaps de acuerdo con las directrices de la RFEG.
Nota 1: Si el jugador es miembro de más de un club federado
su autoridad de hándicaps será el club por el que esté federado, a menos que el jugador
comunique a la RFEG que desea que sea otro club federado del que sea miembro.
Nota 2: La RFEG podrá asumir la responsabilidad de autoridad
de hándicaps en determinadas circunstancias.
Formulario de Modificaciones de hándicap por apreciación
Si un federado desea cambiar de un club a otro de la Territorial Balear, deberá solicitarlo enviando el siguiente formulario rellenado, firmado por el interesado y sellado por el club, al correo electrónico fbgolf@fbgolf.com.
Si un federado desea cambiar de otra Territorial a la Federación Balear, deberá solicitarlo enviando el siguiente formulario rellenado, firmado por el interesado y sellado por el club, a fbgolf@fbgolf.com, indicando que desea pertenecer a la Territorial Balear a través de un club determinado o como federado independiente. Asimismo deberá comunicar nueva dirección postal y/o domiciliación bancaria en caso de sufrir cambios.
Formulario solicitud cambio Club o Territorial
Cuando una licencia se encuentra en suspensión por baja federativa, el jugador podrá proceder a su reanudación, teniendo en cuenta el tiempo transcurrido tras la baja de la misma.
Las personas que habiendo tenido licencia anteriormente hubieran causado baja por cualquier circunstancia, y pretendan obtener la licencia de nuevo, en estos casos podrán: