El artículo 1.1 del Decreto 86/2008, por el que se despliegan y regulan los procesos electorales de las federaciones deportivas de las Islas Baleares dispone que las federaciones han de convocar elecciones para constituir Asamblea General y elegir posteriormente al presidente respectivo de acuerdo a lo que dispone el artículo 62 de la Ley 14/2006, el Decreto antes mencionado y los estatutos federativos. La convocatoria de los procesos electorales tiene que tener lugar cada cuatro años y coincidir con año olímpico.
El pasado 12 de mayo en Asamblea General Extraordinaria se aprobaron las actuaciones previas y preparatorias y la documentación electoral (reglamento, calendario, censos, modelos de papeletas y sobres) que han sido remitidas a la Direcció General d´Esports i Joventut para su revisión y en su caso ratificación mediante resolución correspondiente.
El sistema de representación elegido será por estamentos (Clubes, deportistas, técnicos y árbitros), la forma de representación de la Junta Directiva será colegiada y ésta será nombrada por el presidente. El número de Asambleístas será de 29 con la siguiente distribución: 15 Clubes, 8 deportistas, 3 técnicos y 3 árbitros.